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El 28 de diciembre de 2007 entró en vigor la Ley de la Memoria Histórica, que reconoce y amplía los derechos y establece medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura. Los debates sobre esta ley han estado presentes en todos los medios de comunicación, pero su Disposición Adicional Séptima, que pasó inadvertida en España, tuvo gran trascendencia al otro lado del Atlántico, como han constatado las noticias sobre colas interminables de hijos y nietos de españoles a la puerta de los consulados. Esta disposición transitoria confiere la nacionalidad española de origen a "las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio", lo que significa una compensación tras la decepción que supuso la Reforma del Código Civil 36/2002, reclamada por las Organizaciones de Descendientes de Españoles en Exterior.
A lo largo de estas páginas veremos cuáles son los motivos para solicitar la nacionalidad española de origen en los dos países con mayor número de peticiones, Cuba y Argentina: identidad española, reconocimiento a sus ascendentes, reclamación de un derecho, una herramienta de movilidad, ampliación del espacio migratorio, obtención de beneficios como españoles en el exterior. ¿Memoria u oportunidad?

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